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Detienen a dos hombres luego de desalojar una casa usurpada en el barrio de Constitución

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Dos personas fueron detenidas por la Policía de la Ciudad luego de agredir a oficiales durante un desalojo de una casa usurpada en Constitución, que había sido ordenado por la Justicia.

Luego que un grupo de oficiales de la Comisaría Vecinal 1 F de la Policía de la Ciudad procedieron a llevar adelante una manda de desalojo en Tacuarí al 1400, del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas, 3 a cargo de la Dra. Carla Cavaliere, secretaría de la Dra María Elizalde, para restituirla a su propietario.

La vivienda en cuestión, ya tenia reclamos de vecinos y denuncias, ya que la misma alojaba a responsables de delitos contra la propiedad, por lo cual desde octubre del año pasado se había reforzado la vigilancia en la zona.

El allanamiento en la vivienda, conto con la colaboración de efectivos de la División Operaciones Especiales Metropolitanas (DOEM), de la División Orden Urbano (DOU), de la División Investigaciones Comunales 1 de la Policía de la Ciudad, personal de Bomberos de la Ciudad y agentes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Cuidad.

Dicho desalojo, afectó a siete grupos familiares, compuesto por 28 mayores y dos menores, -durante el trámite, dos ocupantes, de 25 y 31 años, agredieron a los oficiales por lo cual fueron detenidos por resistencia a la autoridad, lo cual fue avalado por la Unidad Fiscal de Flagrancia, a cargo del Dr. Santiago Almeida.

Además estuvieron trabajando en el lugar del hecho, personal de Personal de Protección Familiar y Violencia de Género de la Ciudad.

Como diferenciar una ocupación pacífica de una usurpación

Tomar poder pacíficamente de una tierra o comprar de buena fe a un ocupante anterior, no es un delito porque no es lo mismo que usurpar, -pero la usurpación sí es un delito penal e implica que una o varias personas quite/n la posesión o la tenencia, total o parcial, a otra/s persona/s usando la violencia, amenazas, engaños y/o abusos de confianza.

Esto puede suceder invadiendo la vivienda, quedándose en ella o expulsando a quienes la habitaban, -en este sentido, todas aquellas ocupaciones o permanencias en terrenos que no se efectúen de esta manera no son delito.

Se debe tener en cuenta que si se está llevando a cabo un juicio penal por usurpación en un barrio relevado por el RENABAP, el mismo continuará a fin de demostrar si efectivamente se cometió un delito o se trató de una ocupación pacífica del terreno.

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