
El pasado 8 de julio de 2025, fueron modificados el artículo 687 del Código Civil y el 594 del Código General del Proceso por medio de la Ley 2473 de 2025, que reconoce legalmente a los animales domésticos de compañía y de soporte emocional y declara su inembargabilidad.
A partir de ahora, los perros, gatos y otros animales con vínculos afectivos no podrán ser retirados del hogar por deudas o medidas judiciales.
Según la nueva redacción del Código Civil, se diferencian las categorías: animales bravíos, domésticos, domésticos de compañía y de soporte emocional—aquellos que acompañan a personas con condiciones de salud mental certificadas—ampliando la visión jurídica sobre su rol en la familia.
La gran novedad es la adición del numeral 17 al artículo 594 del Código General del Proceso, que impide procesos judiciales específicos sobre estas mascotas, es decir, no podrá disponerse su retiro, protegiendo el lazo emocional de las familias multiespecie, reseñó Colombia.As
Es decir, que en caso de procesos de embargo, cobranza judicial o remates, las mascotas no pueden ser retiradas del hogar. Se prevé que comisarías de familia, jueces y autoridades de seguridad incluyan esta restricción en sus protocolos.
La ley descarta de esta protección a animales silvestres, exóticos o usados con fines comerciales, preservando su alcance a compañeros cotidianos y terapeutas emocionales.