Será mediante el protocolo para el desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados. Deberá ser con aforo limitado, turno previo y con una duración máxima de una hora.
DANZA
A través del protocolo para el desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados habilitado por las autoridades nacionales y trabajado por la Ciudad, los estudios de danza podrán volver a abrir sus puertas.
El protocolo aplica tanto al personal, sea propio o contratado, afectado al desarrollo de actividad física en establecimientos públicos y privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) así como a los usuarios/concurrentes/proveedores.
“A partir de ahora los vecinos que practican danzas pueden retomar las clases presenciales con el protocolo correspondiente. Y esto es una gran noticia también para todos los que se dedican a enseñar este arte, que se vieron muy afectados por esta pandemia. Nos recarga las energías ver que, de a poco, vamos retomando instancias presenciales que nos hacen volver a encontrarnos con la enorme oferta artística y cultural que tenemos en la Ciudad”, explicó el jefe de gabinete Felipe Miguel.
En la misma línea, el ministro de cultura porteño Enrique Avogadro aseguró: “Continuamos con el proceso de vuelta a la actividad siempre priorizando la salud. En este caso es el turno de los estudios de danza. Hace ya varios meses venimos trabajando dentro del plan integral y gradual de puesta en marcha de la Ciudad y al momento, tenemos varios protocolos funcionando, como el streaming para el sector de la música, el teatro, las librerías, las galerías de arte, museos, bibliotecas, cine publicitario, rodajes para la grabación de cine y tv, ahora se le suman las actividades en estudios de danza. En estos momentos, nos parece fundamental trabajar para que cada vez más sectores puedan retomar sus actividades.
De esta manera buscamos generar la reactivación del sector cultural. Son muchos los trabajadores y trabajadoras que movilizan nuestro sector y es esencial que vuelvan a tener trabajo, así como la gente necesita conectarse, presencialmente, devuelta con la cultura.”
En caso de que la actividad se desarrolle al aire libre, se deberá adecuar su funcionamiento a lo establecido en el “PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ENTRENAMIENTOS GRUPALES AL AIRE LIBRE SIN CONTACTO Y SIN COMPARTIR ELEMENTOS EN ESPACIOS PÚBLICOS Y EN ESTABLECIMIENTOS DEPORTIVOS PÚBLICOS Y PRIVADOS”, o el que en un futuro lo reemplace, entre otras medidas recomendadas.
En caso de desarrollar la actividad dentro del establecimiento se deberá reservar un turno previo en dicho espacio y con duración máxima de una hora. La permanencia en las instalaciones será acotada, a efectos de permitir la adecuada limpieza y desinfección de los objetos y superficies de uso frecuente. Y previo al otorgamiento del turno que estará a cargo de cada establecimiento es necesario indagar a los usuarios respecto de la manifestación de alguno de los síntomas indicados para el COVID-19.
Se deberá garantizar la distancia entre personas de al menos dos metros, llevar al mínimo posible la convivencia simultánea de personas en un mismo espacio físico, uso de cubrebocas en todo momento para la totalidad personas que permanezcan en el establecimiento, quedando exceptuado su uso sólo en los momentos específicos en los que se realiza la actividad física.
En cuanto al ambiente de trabajo se deberá mantener una ventilación permanente en todos los espacios abiertos al público. Las puertas de acceso a los espacios colectivos deberán permanecer abiertas para favorecer la ventilación. La misma se renovará por medio de extracción mecánica y/o ventilación natural.
Los lugares de trabajo, espacios de atención al público y cualquier superficie de uso compartido deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección.
Se deberán reforzar las medidas de higiene de estos lugares incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, escritorios, computadoras, teléfonos, pisos, manijas, picaportes, herramientas y equipos de trabajo, y toda otra superficie con la que el personal pueda entrar en contacto. La frecuencia estará establecida en función del tránsito y cantidad de personas que circulen en dichos espacios.
Se recomienda que la ropa que los empleados utilicen para trabajar no sea la misma que utilicen para trasladarse al y desde el lugar de trabajo. Los trabajadores/as cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras personas deberán utilizar protectores faciales de manera obligatoria. No se podrán utilizar los espacios comunes destinados al uso por parte del personal, tales como vestuarios y comedores, entre otros.
Se deberá contar con esquemas intensificados de limpieza y desinfección de todas las superficies dentro del gimnasio en función del tránsito y cantidad de personas. Las máquinas y los elementos que se utilizan en cada actividad (colchonetas, pesas, mancuernas, barras, etc), deberán ser higienizados luego de su uso.
El coeficiente de ocupación del aforo será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando el establecimiento cuente con 10 renovaciones de aire por hora. Dicha ventilación puede ser natural y/o a través de sistema de aire acondicionado central con 100% toma de aire exterior.
En caso de contar con ocho o nueve renovaciones de aire por hora el aforo será de un 25% y, para los casos de seis y siete renovaciones, será de un 20%. En caso de no encuadrarse con lo establecido en los párrafos anteriores, se deberán realizar intervenciones que garanticen dicha ventilación (incremento de ventilación natural y/o renovaciones por medio de inyección y extracción forzadas de aire).
Respecto al acceso al establecimiento:
- Se deberá disponer de personal que controle el ingreso evitando aglomeraciones.
- Al ingreso se le tomará la temperatura corporal, la cual debe ser menor de 37.5ºC y se interrogará a los usuarios/concurrentes acerca de la presencia de síntomas.
- Se debe poner a disposición del público, alcohol en gel o sanitizante en accesos a los establecimientos.
- Cada establecimiento deberá organizar un sistema de turnos para las actividades. Previamente, será necesario indagar a los usuarios respecto de la manifestación de alguno de los síntomas indicados para el COVID-19.
- El establecimiento debe organizar y planificar la concurrencia de los usuarios, profesores/as y trabajadores/as a fin de posibilitar la circulación dentro de la institución con el adecuado distanciamiento social (dos metros de distancia entre personas).
- Se deberá contar con un registro nominalizado de todos los concurrentes que incluya teléfono de contacto, lugar, tipo de actividad, día y horario de la actividad).
- Los turnos que otorgará cada establecimiento para la práctica de la actividad deben considerar el tiempo necesario para la realización de las mismas, como para el ingreso y egreso de las instalaciones, sin generar aglomeramiento de personas. Además, deberá incluir: higiene inicial del equipamiento – higiene final del equipamiento.
- Establecer que las personas/clientes no vengan acompañados.
- No podrán permanecer dentro del establecimiento personas en situación de “espera”; en caso de que surgiera la necesidad de aguardar, el usuario deberá permanecer fuera del espacio hasta encontrarse en condiciones de ser atendido.
- Se recomienda concurrir munido solamente de lo imprescindible para el desarrollo de la actividad a realizar.
- Mochilas y otras pertenencias deben quedar en un sector específico del establecimiento, solo ingresará al área para ejercitarse con lo indispensable.
En el interior del establecimiento se debe colocar cartelería visible con información actualizada sobre métodos de prevención para el COVID- 19; delimitar la forma de circulación en áreas de acceso y egreso de las instalaciones para facilitar el distanciamiento social y evitar la circulación cruzada; asimismo, el establecimiento deberá definir en qué zonas se realizará la actividad, teniendo en cuenta los requerimientos de ventilación necesarios. Señalizar los lugares de espera para mantener una distancia de dos metros entre trabajador-cliente y de clientes entre sí.
El uso de tapabocas será obligatorio durante todo momento de circulación, quedando exceptuado sólo en los momentos específicos en los que realiza la actividad física. Durante el desarrollo de la actividad se podrá optar por el uso de máscaras, exclusivamente para la actividad física de baja intensidad. Se deberán mantener constantemente la distancia de dos metros (entre usuarios y entre el profesor y usuarios). No podrán desarrollarse actividades que impliquen contacto físico. Los materiales no se podrán compartir en ningún momento de la sesión de entrenamiento. Cada usuario contará con un pack de materiales (colchonetas, bandas elásticas, bicicletas, elementos de peso libre, etc.). La higiene de los mismos se realizará antes y después de cada clase y será supervisada por los profesores.
Los baños sólo deberán estar disponibles para el uso sanitario específico no pudiendo hacer cambio de indumentaria en los mismos. Tras su uso deberán ser ventilados, limpiados y desinfectados. No estará habilitado el sector de duchas ni vestuarios.
Los locales gastronómicos que se encuentran en terrazas o patios internos al aire libre deberán adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad. En particular el PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOCALES GASTRONÓMICOS (AL AIRE LIBRE) PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19, o el que en un futuro lo reemplace, entre otros.
En cuanto a los métodos de pago se recomienda el uso de medios de pago electrónicos. En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto las tarjetas como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol. En la medida de lo posible, se recomienda usar mamparas o pantallas en las cajas de cobro que aseguren la protección de trabajador/cliente.