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Ya está vigente la nueva ley para que alumnos de CABA no pierdan el plan social: Ciudadanía porteña

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El programa Ciudadanía porteña, ya cuenta con una nueva normativa para que estudiantes continúen cobrando la prestación. El principal requisito es que deberán tener en cada bimestre un mínimo del 85% de asistencia a clases durante el ciclo lectivo, según las fechas establecidas en la agenda educativa. Además, no podrán poseer más de 25 faltas durante todo el año. 

 

Las condiciones, que el Ministerio de Educación porteño estableció, explican que los beneficiarios (menores de 18 años) deberán presentar un certificado de alumno regular periódicamente cada dos meses. Por otra parte, quienes pierdan la condición de alumno regular, podrán recuperarla luego de haber asistido un mínimo del 85 % de días efectivos de clases en el siguiente bimestre y una vez que hayan podido abordar los contenidos dictados en su ausencia. Para eso, los docentes y el equipo directivo suministrarán los recursos necesarios para asegurar el derecho a la enseñanza obligatoria a través de nuevas instancias y/o actividades de acompañamiento y apoyo a sus trayectorias escolares.

 

En cuanto a aquellos estudiantes que pierdan la condición de regular, a lo largo del bimestre, deberán continuar asistiendo a clases, es decir que deja de existir la condición de estudiante libre por inasistencia para que pueda seguir con su matriculación.

 

En los casos donde se presuma la vulneración del derecho a la educación de un estudiante debido a inasistencias, llegadas tarde o retiros anticipados, y habiendo perdido comunicación con el adulto responsable, la escuela dará intervención al Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. 

 

¿Cómo tramitar la constancia de alumno regular?

 

A partir de este bimestre, las instituciones podrán extender la constancia de alumno regular después de la primera semana de clases. Luego de este tiempo, las conducciones deberán constatar que el estudiante no haya perdido la regularidad al momento de su solicitud.

 

En los casos donde la constancia se solicite en los siguientes bimestres, deberá emitirse según el cómputo de asistencias correspondiente al bimestre anterior al que se realiza la solicitud.

 

La constancia de alumno regular tendrá vigencia durante el bimestre en que haya sido emitida, por ende no tendrá valor al finalizar el mismo y al inicio del próximo se deberá gestionar nuevamente el comprobante.